lunes, 14 de abril de 2014

PREGUNTAS GENERADORA 3 ENCUENTRO

PREGUNTAS GENERADORAS 3 ENCUENTRO

1. Cuales han sido los decretos y leyes mas benéficos para los niños colombianos.

RTA: 
LEY
DECRETA:

Convenios De Ginebra De 1949
El Convenio IV confiere además de la protección general a favor de los niños, niñas y jóvenes como persona civiles que no participan en las hostilidades, una protección especial en su favor. (Arts. 14, 17, 23, 24, 38 y 50)

Noviembre De 1959 Y
1989
La Declaración de los Derechos del Niño es un tratado que, recoge 10 principios.
La Convención sobre los Derechos del Niño, con 54 artículos, cambia el enfoque considerando a las niñas y niños como sujetos de protección y no sólo como objetos de la misma.

Ley 75 de 1968
La creación del ICBF y del  el Instituto Nacional de Nutrición dependiente del ICBF y encargado de la planeación, desarrollo de programas de nutrición para el mejoramiento de la nutrición de los niños, niñas y jóvenes y de las mujeres en períodos de gestación y lactancia.
ley 27 de 1974
Creación de los Centros de Atención Integral al Preescolar
CAIP



Ley 7 de 1979
Los términos niño, joven serán entendidos como los menores de 18 años. Dicha protección podrá ser de dos clases: Preventiva y Especial. La protección preventiva (Art. 55) es el conjunto de acciones necesarias para evitar el abandono del menor y la desintegración de la familia. Además de  establecer las normas para proteger a los niños y niñas, creó el Sistema Nacional de Bienestar Familiar SNBF, con el fin de promover la integración familiar, garantizar los derechos del niño y de la niña y ejercer funciones de coordinación de las entidades estatales, relacionadas con los problemas de la familia y del menor.
Ley 28 de 1981
Modificó las leyes 27 de 1974 y 7 de 1979 y en su artículo 1º. Señaló que los Centros de Atención Integral al Preescolar, hacen parte del Sistema Nacional de Bienestar Familiar.
Ley No. 89 de 1988
Asignó recursos al ICBF y dictó otras disposiciones con el fin de fortalecer el Programa de Hogares Comunitarios de Bienestar, entre otras finalidades
Ley 12 de 1991 
ratificó la Convención sobre los Derechos del Niño en Colombia
La ley 100 de 1993
creó el Sistema General de Seguridad Social en Salud, priorizó la atención de las madres gestantes y lactantes, de la población infantil menor de un año y de las mujeres cabeza de familia.
Ley 724 de 2001.
Establece el Día Nacional de la Niñez y la Recreación, que se celebrará el último día sábado del mes de abril de cada año


Ley 679 de 2001.
Tiene por objeto dictar medidas de protección contra la explotación, la pornografía, el turismo sexual y demás formas de abuso sexual con menores de edad. Objetivo que se cumplirá a través del establecimiento de normas de carácter preventivo y sancionatorio, y la expedición de otras disposiciones en desarrollo del artículo 44 de la Constitución.


ley 715 de 2001
Que definió las competencias y recursos para la prestación de los servicios sociales (salud y educación) y estableció el Sistema General de Participaciones SGP. Esta ley posibilita la ampliación de cobertura en el grado obligatorio de preescolar y asigna recursos para alimentación escolar, en los establecimientos educativos, a niños y a niñas en edad preescolar
Ley 1098  de 2006
Código de la Infancia y la Adolescencia

ley 1620 del 15 de marzo de 2013
Por la cual se crea el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para el Ejercicio de los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar.
ley 1146 de Julio 10 de 2007
Por medio de la cual se expiden normas para la prevención de la violencia sexual y atención integral de los niños, niñas y adolescentes abusados sexualmente
ley 0181 de Enero 18 de 1995
Por el cual se dictan disposiciones para el fomento del deporte, la recreación, el aprovechamiento del tiempo libre y la Educación Física y se crea el Sistema Nacional del Deporte
Ley 0115 de Febrero 8 de 1994
Por la cual se expide la ley general de educación.



Ley 789 de 2002
 artículo 16, numerales 5 y 6
Establece que las cajas de compensación familiar se encargarán de administrar jardines sociales de atención integral, a niños de 0 a 6 años. Labor que se ha  venido desarrollando no solo en Bogotá, sino en otras regiones del país.
Además a  través de los programas que a ellas correspondan, se encargarán de las actividades de subsidio en dinero; recreación social, deportes, turismo, centros recreativos y vacacionales; cultura, museos, bibliotecas y teatros; vivienda de interés social; créditos.
ley 1618 del 27 de febrero de 2013
por medio de la cual se establecen las disposiciones para garantizar el pleno ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad
DECRETOS
Decreto 1818 de 1964

Ley Orgánica de la Defensa del Niño, “Por el cual se Crea el Consejo Colombiano de Protección Social del Menor y de la Familia”
Decreto No.088 de 1976
Ministerio de Educación Nacional incluye la educación preescolar como el primer nivel del sistema educativo formal.


Título VII del Decreto No. 2388 de 1979
Reglamentario de la Ley 7 de 1979, se refiere a la atención integral al preescolar en su artículo 61, así: “la atención al preescolar que corresponde dar al Instituto, es la que se brinda de preferencia. Al menor de 7 años con el fin de suplir y complementar transitoriamente la protección familiar y obtener su desarrollo integral. Esta atención al preescolar no implica actividades de escolaridad, sino de preparación para ellas.”


Decreto No.1002 de 1984
Implementa el Plan de Estudios para la Educación Preescolar, con una concepción de atención integral a la niñez con participación de la familia y la comunidad. El plan señala que “no se determinarán grados ni áreas”, que el “centro del proceso educativo es el niño” y que las modalidades de trabajo deberían desarrollarse mediante actividades integradas, ajustadas a los lineamientos pedagógicos.
Decreto Ley 2737 de 1989.
Código del Menor
Decreto No.1340
de 1995
Dictó disposiciones sobre el desarrollo del Programa HCB.
Decreto No.2247 de 1997
Por medio del cual se establecen las normas relativas a la organización del servicio educativo y orientaciones curriculares del nivel preescolar
Acuerdo No.039 de 1996,
Junta Directiva del ICBF, dicta lineamientos y procedimientos técnicos y administrativos para la organización y funcionamiento de los Hogares Comunitarios de Bienestar FAMI”.
Aunque son muchos las leyes y los decretos que favorecen a los niños colombianos, también es importante reconocer que muchas veces se ven vulnerados sus derechos, ya sean por desconocimiento o porque son violados, pero en generar son muchas las instituciones que tienen en cuenta que lo importante es brindar a los niños una equidad y una igualdad, para así favorecer un desarrollo integral.

2. las políticas educativas propuestas actualmente por el M.E.N Realmente inciden en una articulación adecuada.
RTA:  Partiendo de los lineamientos tanto del preescolar como de la básica primaria podríamos decir que la articulación de la educación para que sea continua, no es adecuada porque el enfoque del trabajo es diferente ya que que en los grados de preescolar se trabaja las dimensiones del desarrollo y en los grados de básica primaria se trabaja con contenidos curriculares de las áreas o disciplinas, esto genera una ruptura de la continuidad formativa y lleva al docente a trabajar el proceso de enseñanza aprendizaje según sus perspectivas y creencias sin lograr el empalme adecuado de estos dos ciclos.

Por otro el principio de lúdica pierde su horizonte en este paso del preescolar a la primaria  porque se  cree  exclusivo de la educación inicial  y no apropiado para la educación primaria.
Sin embargo en los lineamientos del preescolar  marcaron el primer paso en articulación por cuanto establecieron que era una etapa independiente de la primaria, pero que debía preparar a los educandos para etapas posteriores,  lo que hace pensar que el problema radica en otra instancia y sea cuestión de trabajo en equipo de la comunidad educativa. 
 
3. En que momentos o en cual componente de la comunidad educativa o del proceso formativo surge la problemática transicional. 

RTA: Problemática transicional:   Al  pasar del preescolar al primero los niños tienen un cambio muy drástico, si no se asume las estrategias necesarias para hacer que  dicho cambio sea de  goce y agrado. Hay que tener en cuenta que en el preescolar se trabaja teniendo en cuenta lo motriz, las habilidades manuales, cosa que varia en la básica primaria pues se concentra mas en lo cognitivo.
Otro aspecto importante es tener un ambiente ludico en primero de primaria, también se podría trabajar para que en el preescolar las practicas dejen de estar solo inclinadas en el fortalecimiento de las competencias motrices y se desplieguen a las competencias cognitivas

componentes de la comunidad educativa o proceso formativo: los docentes de primero de primaria sienten toda la carga de las áreas, la responsabilidad del proceso de construcción de la lengua escrita y los elementos nocionales del numero, sin embargo esas responsabilidades se pueden equilibrar si los docentes se preescolar asumen estas desde la ludica y el juego en el grado  transición y aportan avances significativos en el proceso de aprendizaje de los educandos.

4. Existe una verdadera política incluyente en la educación colombiana.
RTA: En Colombia si existe una política incluyente en la educación pero hay muchos
factores que hacen que la inversión en la educación sea desplazada y se dirijan los presupuestos a otros ámbitos diferentes de la sociedad, además la falta de comunicación o de falta de conocimiento hace que se ignoren muchas leyes o decretos que benefician a las personas que necesitan hacer uso de esa inclusión. Las leyes partiendo de la misma ley general, los programas  de educación  se han comprometido a mejorar la calidad, la cobertura  la inclusión de la educación. Por otro lado la falta de compromiso de algunos estamentos políticos hace que se  burocraticen  estas políticas y queden solo en el papel.

El ministerio de educación plantea que el enfoque de la educación inicial debe:
Ser incluyente, equitativo y solidario, en la medida en que tiene en cuenta la diversidad étnica, cultural y social de niños y niñas.
Considerar que todos ellos, independientemente del contexto sociocultural en el que crecen, tienen las capacidades para desarrollar sus competencias si encuentran un ambiente que satisface sus necesidades básicas de afecto, cuidado y alimentación.
Ser integral, ya que tiene en cuenta que los espacios educativos en los que se desarrollan los niños y las niñas (familia y comunidad), exigen acciones articuladas con los sectores de salud y protección con el fin de garantizar su desarrollo adecuado.





1 comentario:

  1. Si bien es cierto que en Colombia la niñez, cuenta con muchas leyes y decretos que los protege, es importante resaltara que hace falta tomar conciencia sobre el tipo de educación que se les brinda puesto que solo se toma en cuenta el impartir conocimiento, y cumplir con unos lineamientos estipulados, que muchas veces se ven alterados en la manera de como se trabajan en el aula de clase, es por esto que como futura pedagoga, debo tener en cuenta que los niños son seres ludicos por naturaleza, y que al momento de implementar la metodología o las estrategias pedagógicas, generen en los niños vivencias o experiencias que disfruten y favorezcan su desarrollo integral para así facilitar la continuidad en la educacion

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